I. Objetivo.
Establecer los lineamientos de Grupo Presidente para mantener una relación de negocio con socios comerciales bajo los principios y valores que rigen al Grupo.
Definición: Entiéndase como socio comercial a la persona física o moral que tenga operaciones monetarias o no monetarias con cualquier compañía que integran a Grupo Presidente.
II. Alcance.
Esta política es aplicable a todas las compañías que integran a Grupo Presidente.
III. Política.
1.- Todas las compañías que integran Grupo Presidente podrán establecer y mantener una relación comercial con proveedores, consultores, transportistas, agencias de viajes, agencias de publicidad y otros prestadores de servicios que actúen de forma ética, honorable y sean consistentes con los principios de Integridad y transparencia.
2.- Todos los contratos o convenios que regulen la relación comercial y de negocios con proveedores, consultores, transportistas, agencias de viajes, agencias de publicidad y otros prestadores de servicios, deberán incluir una clausula legal anticorrupción misma que no estará sujeta a negociación. Se sugiere la siguiente:
“Las partes manifiestan que durante las negociaciones y para la celebración del presente contrato se han conducido con honestidad, transparencia y apego a las leyes para combatir la corrupción y que se comprometen a actuar conforme a las mismas durante la ejecución del mismo hacia sus contrapartes y hacia terceros. Las partes aceptan expresamente que la violación a estas declaraciones implica un incumplimiento sustancial al presente contrato.”
3.- Para todo socio comercial que se involucre en prácticas deshonestas o de cualquier tipo de corrupción con empleados y accionistas de las compañías que integran a Grupo Presidente automáticamente quedará cancelada la relación comercial, será bloqueado y dado de baja de los sistemas de Grupo Presidente.
4.- Grupo Presidente se compromete a cooperar con las autoridades competentes en cualquier investigación de corrupción que lleven a cabo las mismas.
IV. Sanciones.
Grupo Presidente tomará acciones jurídicas en los casos que considere pertinentes e inclusive tendrá la facultad de dar aviso a las autoridades competentes.
V. Excepciones.
No se permiten excepciones a los lineamientos establecidos en la presente política.